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Mostrando entradas de junio, 2016

LA REFORMA CONTENCIOSA-ADMINISTRATIVA Y LA FALACIA DE LA JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA

LA REFORMA CONTENCIOSA-ADMINISTRATIVA Y LA FALACIA DE LA JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA                         El pasado 13 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA).             Se reformaron aspectos importantes del juicio contencioso-administrativo, donde destacan las notificaciones por el denominado boletín jurisdiccional, donde ahora se enviará un mensaje por correo electrónico avisando de la notificación correspondiente y que el interesado acuda a la sala correspondiente para notificarse, pero en general se hicieron los siguientes cambios: [1] 1.  Se establece como supuesto general que la notificación de las actuaciones a las partes en el juicio se realice a través del Boletín Jurisdiccional, mediante un aviso previo enviado a la cuenta de correo electrónico que señalen las partes. 2.  En la vía ordinaria, el

La suspensión del PAE ante el IMSS

La suspensión del PAE ante el IMSS En otra publicación vimos como impugnar el PAE iniciado por adeudos al IMSS. Ya sea mediante recurso de inconformidad o mediante juicio contencioso administrativo, una vez realizada la impugnación podemos (¿debemos?) solicitar la suspensión de la ejecución del crédito fiscal adeudado, cuyo pago se exige mediante el PAE (art. 145 del CFF). El artículo 144 del CFF, en su primer párrafo, contempla que: No se ejecutarán los actos administrativos cuando se garantice el interés fiscal, satisfaciendo los requisitos legales. Tampoco se ejecutará el acto que determine un crédito fiscal hasta que venza el plazo de treinta días siguientes a la fecha en que surta efectos su notificación, o de quince días, tratándose de la determinación de cuotas obrero-patronales o de capitales constitutivos al seguro social y los créditos fiscales determinados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Si a más tardar al vencimiento